* FUENTE: Sindicato Obrero-UGT
En cuanto a las medidas de racionalización del gasto que afecta a las enseñanzas universitarias aparecen las siguientes:
1. RACIONALIZAR EL NÚMERO DE TITULACIONES DE GRADO MEDIANTE LA EXIGENCIA DE UN NÚMERO MÍNIMO DE ALUMNOS
La creación, modificación y supresión de los centros, así como la implantación y supresión de enseñanzas, serán acordadas por la Comunidad Autónoma, bien por iniciativa propia, con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la universidad, bien por iniciativa de la universidad, mediante propuesta del Consejo de Gobierno, en ambos casos con informe favorable del Consejo Social.
2. RÉGIMEN DE DEDICACIÓN DEL PROFESORADO UNIVERSITARIO
Con carácter general, el personal docente e investigador funcionario de las Universidades en régimen de dedicación a tiempo completo dedicará a la actividad docente la parte de la jornada necesaria para impartir en cada curso un total de 24 créditos ECTS.
No obstante, la actividad docente de este personal podrá variar en función de la actividad investigadora atendiendo a las siguientes reglas:
a) Deberán dedicar a la función docente la parte de la jornada necesaria para impartir en cada curso un total de 16 créditos ECTS quien se encuentre en alguna de estas situaciones:
- Profesores Titulares de Universidad, Catedráticos y Profesores Titulares de Escuelas Universitarias con 3 o más evaluaciones positivas consecutivas, habiéndose superado la más reciente en los últimos 6 años.
- Catedráticos de Universidad con 4 o más evaluaciones positivas consecutivas, habiéndose superado la más reciente en los últimos 6 años.
- En todo caso, cuando se hayan superado favorablemente 5 evaluaciones.
b) Deberá dedicar a la función docente la parte de la jornada necesaria para impartir en cada curso un total de 32 créditos ECTS, quien se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
- Que no haya sometido a evaluación el primer período de 6 años de actividad investigadora o que haya obtenido una evaluación negativa de dicho periodo.
- Que haya transcurrido más de 6 años desde la última evaluación positiva.
3. ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA
El Presupuesto será público, único y equilibrado y comprenderá la totalidad de sus ingresos y gastos. Las Universidades deberán:
- Aprobar un límite máximo de gasto de carácter anual que no deberá rebasarse.
- Los presupuestos y liquidaciones harán una referencia expresa al cumplimiento del equilibrio y sostenibilidad financieros.
Las Universidades están obligadas a rendir cuentas de su actividad ante el órgano de fiscalización de cuentas de la Comunidad Autónoma y a cumplir una serie de requisitos.
- 4. LOS PRECIOS PÚBLICOS DE LOS SERVICIOS ACADÉMICOS DE LAS UNIVERSIDADES
Estos precios cubrirán los costes según la tabla adjunta:
Los estudiantes extranjeros mayores de 18 años que no tengan la condición de residentes, excluidos los nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, podrán cubrir el 100% de los costes de las enseñanzas universitarias de Grado y Master.
Enseñanzas de Máster |
|
1ª matrícula | Entre el 15% y el 25% |
2ª matrícula | Entre el 30% y el 40% |
3ª matrícula | Entre el 65% y el 75% |
4ª matrícula | Entre el 90% y el 100% |
Enseñanzas de Grado |
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1ª matrícula | Entre el 15% y el 25% |
2ª matrícula | Entre el 30% y el 40% |
3ª matrícula | Entre el 65% y el 75% |
4ª matrícula |
Entre el 90% y el 100% |
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