Archivo diario: enero 25, 2012

El abuso de los diputados.


Ley de Reforma del Congreso de 2011 (enmienda de la Constitución de España)

1. El diputado será asalariado solamente durante su mandato. Y no tendrá jubilación proveniente solamente por el mandato.
2. El diputado contribuirá a la Seguridad Social. Todo el mundo (pasado, presente y futuro) actualmente el fondo de jubilación del Congreso pasará al régimen vigente de la Seguridad Social inmediatamente. El diputado participará de los beneficios dentro del régimen de la Seguridad Social exactamente como todos los demás ciudadanos. El fondo de jubilación no puede ser usado para ninguna otra finalidad.
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